El Departamento de Farmacia del Ministerio de Salud y Deportes de la Provincia de Mendoza informó, a través de la Circular Nº 277-28082025, que a partir de la entrada en vigencia de la Resolución Ministerial Nº 2563/25, las farmacias deberán aplicar las vacunas en el momento de su expendio, según lo establecido en el Art. 1º inciso c) de dicha norma.

Además, se recuerda que para poder realizar la aplicación de vacunas e inyectables, los establecimientos deben contar con la habilitación correspondiente, conforme al Art. 11º del Decreto Ley 3857/69 y el Art. 12º del Decreto 355/09.

Desde la Cámara recomendamos a las farmacias asociadas verificar el estado de su habilitación y, ante cualquier duda o consulta, comunicarse directamente con el Departamento de Farmacia.

📄 Consultá la Resolución 2563/25

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